México

168 años después de Juárez: ministros elegidos por voto popular.

Han transcurrido 168 años desde la elección de Benito Juárez como presidente de la Corte por un Colegio Electoral en 1857, hasta la reciente elección del nuevo presidente del máximo tribunal del país por voto popular en 2025.

La elección de Juárez como titular de la Corte Suprema de México se llevó a cabo de forma indirecta a través de un Colegio de Electores, resultado de los comicios de ese mismo año.

Dicho colegio funcionaba de manera similar a la que persiste en Estados Unidos, donde los ciudadanos votan para elegir a los miembros de este órgano que, a su vez, escoge al presidente del país.

Hoy, el abogado indigenista Hugo Aguilar Ortiz tomará el lugar de Juárez, quien fue presidente de la Corte Suprema en el siglo XIX, cuando el tribunal sesionaba en el Palacio Nacional.

El voto ciudadano, que surgió a raíz de la Constitución de 1857, tuvo una duración breve para la elección de jueces y magistrados, quienes eran seleccionados mediante el sufragio que definía un Colegio Electoral.

COLEGIO ELECTORAL

El Artículo 92 de la Constitución de 1857 estipulaba que “cada uno de los individuos de la Suprema Corte de Justicia” tendría un mandato de seis años y sería elegido por voto popular “de manera indirecta, en primer grado”.

En ese entonces, podían votar los hombres solteros mayores de 21 años o casados mayores de 18 años.

La Ley Orgánica Electoral, promulgada el 12 de febrero de 1857, dividió el territorio nacional en 155 distritos, donde se eligieron 80 electores por circunscripción, formando así la Junta Electoral de Distrito.

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El 12 de julio de 1857, 12,400 votantes del Colegio Electoral eligieron a Benito Juárez como presidente de la Corte Suprema de Justicia, junto con 10 magistrados electos.

Aunque su mandato en la Corte Suprema fue breve, el respaldo popular que recibió era poco común en el siglo XIX.

Ahora, 168 años después, Hugo Aguilar Ortiz, originario de la misma región que Juárez, asumirá la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el próximo 1 de septiembre.

A LA PRESIDENCIA

Tras la Revolución de Ayutla y la promulgación de la Constitución de 1857, Ignacio Comonfort fue nombrado presidente, mientras que Benito Juárez fue elegido presidente de la Corte por el Colegio Electoral.

La Constitución de 1857 decía que el presidente de la Corte tendría funciones de vicepresidente efectivo.

Por ello, tras la destitución y dimisión de Comonfort, Juárez asumió la presidencia de la República, iniciando sus cuatro periodos presidenciales.

Aunque su tiempo como presidente del Poder Judicial fue efímero, Juárez lideró el país durante un periodo crítico de su historia, incluyendo la intervención francesa, entre 1858 y 1872.

IMPERIAL

Cuando México ganó su independencia, cuyo primer emperador fue Agustín de Iturbide, se debatió quién debía nombrar a los miembros del Supremo Tribunal de Justicia: el Congreso o el emperador.

Se decidió que Iturbide tendría la facultad de nombrar a los ministros de la Corte, también conocidos como el Consejo de Ministros o el Gabinete Imperial.

En la Constitución de 1824, se optó por involucrar a los congresos de los estados en la designación de los ministros de la Corte Suprema, y el Congreso de la Unión también actuaba como Tribunal Constitucional.

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El artículo 165 de la Constitución de 1824 especificaba que “sólo el Congreso General podrá resolver las dudas que ocurran sobre la interpretación de los artículos de esta Constitución y del Acta Constitutiva”.

Desde su formación en 1824 hasta 1857, la Corte Suprema operó únicamente como un “tribunal de apelación para los asuntos civiles y penales del Distrito Federal”.

Fue hasta la Constitución de 1857 que la Corte recibió un nuevo papel con la inclusión del juicio de amparo en los artículos 101 y 102.

DESDE 1917

Tras la Revolución, el artículo 96 de la Constitución de 1917 estableció que los ministros de la SCJN serían elegidos por el Congreso de la Unión en funciones de Colegio Electoral, requiriendo más de dos tercios de los votos.

El proceso de elección comenzaba con una convocatoria del Congreso para elegir candidatos a ministros, quienes debían cumplir con los requisitos estipulados en el artículo 95 de la Constitución.

El Senado, actuando como Colegio Electoral, procedía a votar, siendo necesaria la aprobación de la mayoría calificada de dos tercios de los miembros.

Las reformas de 1951 y 1955 establecieron que el presidente de la República enviaría las propuestas para candidatos a ministros de la Corte, las cuales debían ser aprobadas por el Senado.

REFORMA DE ZEDILLO

La reforma judicial del expresidente Ernesto Zedillo, presentada en diciembre de 1994 y aprobada por el Senado y la Cámara de Diputados, modificó 27 artículos de la Constitución.

Estableció que los ministros de la SCJN fueran electos por más de dos tercios del Senado, a partir de ternas propuestas por el presidente de la República, y organizó y definió las competencias del Poder Judicial de la Federación.

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En 2024, a 30 años de esa reforma, se implementará un cambio radical en el método de elección de los ministros de la SCJN, con la propuesta del expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Con la nueva reforma, ministros, magistrados y jueces serán elegidos por el voto popular.

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