El Senado aprueba regulaciones para garantizar que casas de empeño indemnicen a sus clientes

Con una mayoría contundente de 79 votos a favor, el Senado de la República aprobó una importante reforma del artículo 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Esta modificación establece mecanismos claros mediante los cuales las casas de empeño deben compensar a los consumidores en situaciones donde los bienes depositados en garantía se extravíen o sufran daños durante el resguardo.
Para muchas familias empeñar es un recurso inmediato para solventar urgencias económicas, de ahí que debemos establecer marcos regulatorios que ayuden a brindar la debida protección y resguardo a los bienes que les son confiados a las casas de empeño: @robertomoyac pic.com/HH4ShSfPjh
— Senadores del PAN (@SenadoresdelPAN) February 7, 2024
Alternativamente, pueden elegir recibir un bien similar en tipo, valor y calidad, respaldado por las garantías establecidas en la normativa vigente.
El dictamen, que fue enviado a la Cámara de Diputados, detalla que las casas de empeño son fuentes de financiamiento que coadyuvan en el desarrollo de la economía popular, al proveer de recursos económicos inmediatos a los sectores más vulnerables de la población.
Los senadores advirtieron que el principal motivo de reclamación de los pignorantes es la negativa a la hora de entregar el producto que fue empeñado, lo que representa
«una práctica ilegal en perjuicio de los consumidores, porque esos negocios llegan a vender las prendas antes del plazo acordado en el contrato, o bien, porque las extravían o dañan al no resguardarlas adecuadamente».
En consecuencia, la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor busca garantizar que las operaciones entre las casas de empeño y los usuarios no se vean afectadas por malas prácticas en perjuicio de los intereses de los consumidores.
La presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, señaló que el hecho de que el consumidor pierda su bien, de manera desleal, genera importantes afectaciones económicas en contra de los deudores prendarios, por lo que resulta imperativo establecer las medidas legislativas para atender esta problemática.
Indicó que actualmente la ley no considera suficientes garantías que prevengan prácticas abusivas y que distorsionan la transacción y el acuerdo emitido entre el oferente y el consumidor.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, explicó que las reformas están encaminadas a ofrecer mayor protección a los consumidores que utilizan los servicios de las casas de empeño, pues se les garantiza que no sean perjudicados en caso de que surjan problemas por los bienes que han empeñado.
Con información de Agencia Reforma.



