Banco condenado por retener ahorros de sus clientes.

La justicia federal dictó una condena a un banco por retener de forma ilegal los ahorros de una persona mayor, ordenándole el pago de intereses.
El caso tuvo lugar en Colima, cuando un hombre de más de 90 años, acompañado por su hija, se presentó en septiembre de 2024 para adquirir medicamentos que necesitaba para tratar enfermedades crónicas.
Al intentar pagar con su tarjeta de débito, el adulto mayor fue informado de que «no pasaba».
Preocupado por la situación de su dinero, el hombre acudió a su banco para aclarar el problema con su tarjeta y entender por qué no podía acceder a sus ahorros, que superaban los 67 mil pesos.
El personal del banco explicó que su cuenta «no estaba bloqueada», pero era necesario reactivar la tarjeta, lo que requería comprobar su identidad mediante huellas dactilares. Sin embargo, esta verificación fue imposible debido al desgaste natural de su piel por la edad.
Además, los ejecutivos del banco afirmaron que esta restricción estaba contemplada en la ley, indicando que tras doce meses de inactividad en la cuenta, el cliente no podría utilizar su tarjeta, argumentando que había sido notificado a tiempo sobre estas medidas.
Durante el juicio mercantil número 440/2025, el Juzgado Tercero de Distrito en Colima determinó que el banco había actuado incorrectamente y que debía «desbloquear y reponer los fondos» pertenecientes al adulto mayor.
Se ordenó también que se pagaran los intereses acumulados durante el periodo en que el banco impidió que el cliente accediera a su dinero.
En consecuencia, la entidad fue condenada a devolver $67,818.85 pesos, así como a abonar intereses legales del 6% anual, a partir del día siguiente al bloqueo de la tarjeta.
La sentencia judicial subrayó que «el banco obró de manera indebida al restringir el acceso a los fondos de su cliente por una supuesta inactividad, sin considerar las limitaciones físicas del afectado debido a su avanzada edad».
La valoración del tribunal destacó que la institución no tomó las medidas necesarias al darse cuenta de que no podía obtener las huellas dactilares del cliente, limitando así su acceso a los servicios bancarios.
El fallo indicó que el banco debería haber implementado un procedimiento alternativo para verificar la identidad de su cliente, evitando así su «perjuicio o sufrimiento emocional».
Asimismo, se señaló que la entidad no informó de manera oportuna al adulto mayor sobre la decisión de bloquear su tarjeta de ahorros.
El desbloqueo y la reposición de la tarjeta de débito se realizará «entendiendo que no se le exigirá al actor la verificación de su identidad mediante huellas dactilares, sino utilizando otros mecanismos que sean compatibles con su condición de adulto mayor”, concluyó la resolución judicial.



