La Corte Suprema rechaza la oferta para registrar la marca «Trump demasiado pequeño»

La Corte Suprema rechazó el jueves el intento de un abogado de California de registrar la frase “Trump demasiado pequeño”.
La decisión fue unánime en lo fundamental, pero muy fracturado en su fundamento, con los jueces discutiendo sobre si una metodología basada en la historia introducida en un caso reciente de la Segunda Enmienda debería usarse para decidir las disputas de la Primera Enmienda.
El caso se refería a una ley federal que prohíbe el registro de marcas «que identifiquen a un individuo vivo en particular, excepto mediante su consentimiento por escrito».
“Sólo sostenemos que la historia y la tradición establecen que la restricción particular que tenemos ante nosotros”, escribió el juez Thomas para cinco jueces, “no viola la Primera Enmienda”.
La jueza Sonia Sotomayor, en una opinión concurrente que en algunos lugares se lee como una disidencia, criticó duramente lo que dijo que era “la indeterminación de la investigación de historia y tradición de la corte, que podría describirse acertadamente como el equivalente a entrar a un cóctel lleno de gente”. fiesta y mirar por encima de las cabezas de todos para encontrar a tus amigos”.
“Para empeorar las cosas”, continuó, “la mayoría de cinco jueces que emprende esta investigación sobre la tradición como dispositivo encontró sus amigos en una fiesta multitudinaria a la que no fue invitada. Esa mayoría ha extraído inferencias concluyentes de su evidencia histórica. , todo sin ninguna orientación de los litigantes o del tribunal de abajo”.
En su solicitud de marca, el abogado Steve Elster dijo que quería transmitir el mensaje de que “algunas características del presidente Trump y sus políticas son diminutas”. El Sr. Elster ha usado la frase en el frente de las camisetas con una lista de las posiciones del Sr. Trump en la parte posterior. Por ejemplo: «Pequeño sobre derechos civiles».
El juez Thomas señaló secamente el fundamento de la referencia. «La marca se basa en un intercambio entre el entonces candidato Donald Trump y el senador Marco Rubio durante un debate primario presidencial de 2016», escribió, sin dar más detalles.
Lo que dijo Rubio, republicano de Florida, fue que Trump tenía “manos pequeñas”, y agregó: “Y ya sabes lo que dicen sobre los tipos con manos pequeñas”.
Durante un debate presidencial, el Sr. Trump abordó la crítica del Sr. Rubio.
«Mira esas manos, ¿son manos pequeñas?» Dijo el Sr. Trump, mostrándolos. “Y se refirió a mis manos: 'si son pequeñas, algo más debe ser pequeño'. Te garantizo que no hay problema. Lo aseguro.»
La pregunta en el caso no era si Elster podía usar la frase, en camisetas o de otra manera. Se trataba de si podía registrarlo como marca registrada.
La Oficina de Patentes y Marcas rechazó la solicitud del Sr. Elster. Pero un panel unánime de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de EE.UU. gobernó que la Primera Enmienda exigía que la oficina permitiera el registro.
«El gobierno no tiene ningún interés publicitario válido que pueda superar las protecciones de la Primera Enmienda otorgadas a la crítica política plasmada en la marca de Elster», escribió el juez Timothy B. Dyk para el tribunal. “Como resultado del estatus del presidente como funcionario público, y debido a que la marca de Elster comunica su desacuerdo y crítica al enfoque de gobierno del entonces presidente, el gobierno no tiene ningún interés en perjudicar el discurso de Elster”.
En casos anteriores, la Corte Suprema dictaminó que otras disposiciones de la ley de marcas contradecían la Primera Enmienda. Pero esos casos, escribió el juez Thomas, involucraron discriminación basada en puntos de vista.
En 2019, por ejemplo, rechazó una disposición que prohibía el registro de marcas “inmorales” o “escandalosas”.
Ese caso se refería a un linea de ropa vendido bajo la marca FUCT. Cuando se discutió el caso, un abogado del gobierno dijo a los jueces que el término era “el equivalente a la forma de participio pasado de la palabra profana paradigmática en nuestra cultura”.
La jueza Elena Kagan, que escribió en nombre de una mayoría de seis magistrados, no lo cuestionó. Pero dijo que la ley era inconstitucional porque “desfavorece ciertas ideas”.
Un principio fundamental de la Primera Enmienda, escribió, es que el gobierno no puede hacer distinciones basadas en los puntos de vista de los oradores.
En 2017, un tribunal unánime de ocho jueces anuló otra disposición de la ley de marcas, que prohibía marcas que menospreciaran a personas, vivas o muertas, junto con “instituciones, creencias o símbolos nacionales”.
La decisión, Matal contra Tam, se refería a una banda de dance-rock asiático-americana llamada Slants. El tribunal se dividió 4 a 4 en gran parte de su razonamiento, pero todos los jueces coincidieron en que la disposición en cuestión en ese caso violaba la Constitución porque tomaba partido basándose en los puntos de vista de los oradores.
El nuevo caso, Vidal v. Elster, No. 22-704, fue diferente, escribió el juez Thomas. La disposición impugnada, que se aplica tanto a las referencias positivas como negativas a personas vivas, no discrimina según el punto de vista.
Pero ese no fue el final del asunto. Como escribió el juez Thomas en una decisión radical de 2015, Reed contra la ciudad de Gilbertincluso las leyes basadas en el contenido son presuntamente inconstitucionales.
El jueves pareció retirarse de esa posición, al menos en el contexto de las marcas. Basó su conclusión en una revisión extensa de las restricciones históricas sobre los nombres de marcas.
“Esta historia y tradición son suficientes para concluir que la cláusula de nombres (una restricción de marca registrada basada en el contenido, pero neutral desde el punto de vista) es compatible con la Primera Enmienda”, escribió el juez Thomas. «No necesitamos buscar más en este caso».
El juez Sotomayor, junto con los jueces Kagan y Ketanji Brown Jackson, coincidieron en que la disposición era constitucional. Pero dijo que el razonamiento de la mayoría era alarmante.
“Este tribunal nunca ha aplicado este tipo de prueba de historia y tradición a un desafío a la libertad de expresión”, escribió.
La prueba, escribió el juez Sotomayor, se tomó prestada de la decisión judicial de 2022 en el caso Asociación del Rifle del Estado de Nueva York contra Bruen. “La mayoría intenta asegurar a los litigantes y a los tribunales inferiores que un 'enfoque centrado en la historia' aquí es sensato y viable”, escribió.
El juez Sotomayor dijo que las consecuencias de la decisión de Bruen demostraron que la nueva metodología estaba equivocada. “Basta con leer un puñado de decisiones de tribunales inferiores que aplican a Bruen para apreciar la confusión que ha causado este tribunal”, escribió.



