Senado enfoca su atención en sanciones por extorsión; se prepara su aprobación.

El Senado se prepara para aprobar esta semana la primera ley destinada a combatir la extorsión con criterios uniformes en todo el país, buscando que actividades comerciales, empresariales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras y de servicios, así como la vida interna de sindicatos, dejen de ser vulnerables a la presión de grupos delictivos o delincuentes individuales.
Las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos del Senado están convocadas para mañana a las 18:00 horas, con el propósito de aprobar un dictamen modificado que se esperaba circular desde ayer; sin embargo, hasta el momento de esta comunicación, todavía no había sido distribuido entre los senadores de las dos comisiones.
Según la información obtenida de los senadores, las modificaciones se enfocan principalmente en las penalidades, ya que la nueva ley general establece parámetros de encarcelamiento más bajos que los vigentes en al menos 13 entidades federativas, además de alinearse con los criterios de la Suprema Corte para evitar sanciones excesivas.
Se ha establecido que el castigo para los integrantes de cuerpos policiacos, fiscales y de justicia que no reporten actos de corrupción que conozcan regresará al parámetro inicial propuesto por la Presidencia de la República, que contempla una pena de 10 a 20 años de prisión, en lugar de la propuesta de la Cámara de Diputados, que era de cinco a 12 años.
Esta sanción se aplicará a “la persona servidora pública que, teniendo atribuciones en la prevención, investigación y persecución de delitos, así como en la procuración o impartición de justicia, se abstenga de denunciar ante el Ministerio Público o ante la Policía, la comisión de cualquiera de los delitos previstos en esta Ley”.
En cuanto a las definiciones de los sujetos activos y la descripción de los delitos, se mantienen agravantes como el hecho de que “el sujeto activo, por sí mismo o en representación de un sindicato o agrupación real o simulada, coaccione a la víctima para que adquiera bienes, insumos o servicios para su actividad comercial, independientemente de que se concrete el acto de comercio coaccionado”.
Asimismo, se incluye la agravante relacionada con “el uso indebido de dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, así como de sindicatos, asociaciones, cámaras empresariales, organizaciones civiles, y otros organismos, para coaccionar, amedrentar o presionar a las víctimas, impidiendo el libre acceso a bienes o servicios necesarios para su desarrollo”.
PUNTOS CLAVE: Nueva Ley General Contra la Extorsión:
- El Senado está a punto de aprobar la primera ley general para combatir la extorsión, estableciendo criterios uniformes en todo el país.
- Los servidores públicos que no denuncien actos de corrupción conocidos enfrentarán penas de 10 a 20 años de prisión, según la propuesta inicial de la Presidencia.
- La ley busca proteger actividades esenciales como las comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras y de servicios, así como la vida interna de los sindicatos de la extorsión.
- Se mantendrá como agravante el hecho de que el sujeto activo coaccione a la víctima para que adquiera bienes o servicios, ya sea personalmente o en representación de un sindicato o agrupación.
- Las modificaciones en el dictamen se centran en las penalidades, pues los parámetros originales eran inferiores a los existentes en al menos 13 entidades federativas.
- Se considerará agravante el uso indebido de organizaciones de la Administración Pública, cámaras empresariales, sindicatos o entidades civiles para coaccionar, amedrentar o presionar a las víctimas.
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